Ordenanza,
prohibición de alimentar a animales callejeros
Nosotros
estamos en contra de que se prohíba alimentar a animales callejeros
ya que si no se encuentra disponible el espacio suficiente para
acoger a todos los animales callejeros, al menos poder alimentarlos
para que no se mueran de hambre y que vivan en la calle.
Por
ejemplo en la Comunidad de Madrid no
es posible poder alimentar a los gatos callejeros ya que es un delito
en esta comunidad. Si le das de comer a un humano hambriento ¿por
qué no darle de comer y beber a un animal que no puede buscarse el
alimento? ¿Cuál es la diferencia? Ambos tienen hambre y es una
necesidad básica. La prohibición de darles de comer se puede
considerar maltrato animal. Por lo tanto, no se puede concebir que un
gobierno como el actual no hubiera eliminado ya esa ordenanza que
viene de gobiernos más oscuros y poco amigables con los animales.
Por
este motivo nosotros pensamos que es mejor poder alimentar animales
desde un punto controlado como por ejemplo, insertar pequeños
dispensadores de comida para animales con los que poder mantener
controlados a todos los animales ya que estos irán a comer a los
dispensadores y desde ahí se podrán controlar correctamente a estos
pobres animales sin hogar, este echo podría ser favorable para la
higiene de la localidad en la que se instalen ya que los animales
estarán siempre por una determinada zona y no por toda la ciudad.
Hay
medidas excesivas con las que son necesarias acabar como por ejemplo
imponer multas por alimentar animales callejeros cuando lo único que
se intenta con esto es que estos animalitos no mueran de hambre.